Expectativa por readecuación del régimen fiscal bonaerense a la naturaleza cooperativa

El sector espera volver a la no sujeción de los actos cooperativos en el impuesto sobre los ingresos brutos.

La Confederación Cooperativa de la República Argentina (Cooperar) acentuó en las últimas horas la incidencia sobre el Poder Legislativo de la Provincia de Buenos Aires para que se restablezca la no sujeción de los actos cooperativos en el impuesto sobre los ingresos brutos y se restituya la exención plena en dicho tributo a los ingresos de las cooperativas de trabajo.

De esa manera, se volvería a un escenario adecuado a la naturaleza de las empresas sin fines de lucro, tal como indica la propia Constitución bonaerense en su artículo 41. Tal estatus fue modificado por la Legislatura a fines de 2017, por una exigua mayoría.

La ley vigente hasta ese momento –la 13.360- había sido aprobada por unanimidad en 2005 y establecía, en línea con la Carta Magna provincial, la no sujeción en los impuestos a las transacciones -ingresos brutos y sellos- de los actos cooperativos, es decir, los celebrados entre una cooperativa y sus asociados en cumplimiento del objeto social y la consecución de los fines institucionales.

La base de esta norma abrevó en la letra constitucional de la Provincia y en la legislación cooperativa según la cual esos actos “no implican operación de mercado ni contrato de compraventa” o, dicho de otro modo, no tienen un carácter transaccional.

“El legislador no puede ignorar que la actividad de las cooperativas es en esencia una prolongación de la actividad de sus asociados”, especificó aquella norma en sus fundamentos, entre los cuales también se figuró que “es la propia realidad económica la que determina que en la relación cooperativa-asociado existe en verdad un solo sujeto”.

La modificación en 2017 -a través de la ley 15.007- transformó la no sujeción del acto cooperativo en el impuesto sobre los ingresos brutos en una simple exención, ubicándolo así como un hecho imponible. Por esto aún tramita en la Suprema Corte de Justicia bonaerense una demanda de inconstitucionalidad.

Esta norma también limitó considerablemente la histórica exención en el impuesto sobre los ingresos brutos que la Provincia había venido otorgando a las cooperativas de trabajo, perjudicando notoria y especialmente a los trabajadores que decidieron autoorganizarse cooperativamente para mantener su fuente laboral ante el cierre de empresas privadas o públicas en la que prestaban sus servicios.

En efecto, la confederación de cooperativas de trabajo Conarcoop elevó también una notificación de manera reciente para, junto con Cooperar, pedir a diputados y senadores que incluyan en la inminente aprobación de la nueva ley fiscal provincial la readecuación al escenario previo a 2017.