«El mundo ha puesto en el sector cooperativo una señal de esperanza de que es posible resolver de manera conjunta los problemas que enfrentamos. Los artículos 23 y 24 de la Reforma Tributaria el año pasado, el artículo 85 de este proyecto de presupuesto y el 126 que lo corrige, no respetan nuestra naturaleza jurídica ni atienden las recomendaciones de organismos internacionales sobre el tratamiento fiscal de nuestro sector», señaló Ariel Guarco, este martes, en el Senado de la Nación.
Fue durante las presentaciones que hicieron altos representantes de las confederaciones mutuales y cooperativas de nuestro país en la Comisión de Presupuesto, donde pidieron a senadores y senadoras presentes que no legislen en contra de las entidades sin fines de lucro al aplicar gravámenes considerados injustos y confiscatorios.
Guarco, quien habló como presidente de la Alianza Cooperativa Internacional, recordó que en el mundo hay más de 1200 millones de personas vinculadas a la economía solidaria, sistema en el que hay unos 280 millones de empleos directos, ocho veces el equivalente a los manifestados por las empresas de capital involucradas en el Business 20 (B20).
Además, subrayó la adhesión del cooperativismo a nivel global con la Agenda 2030 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y citó como referencias de un tratamiento fiscal acorde a la naturaleza sin fines de lucro de este tipo de empresas a la Recomendación 193 de la OIT y a la declaración del 2012 como Año Internacional de las Cooperativas.
En la reunión presidida por el senador Esteban Bullrich y en la cual participó el ministro del Interior, Rogelio Frigerio, hablaron también el presidente de Aseguradoras del Interior de la República Argentina (Adira), Alejandro Simón; el presidente de la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (Coninagro), Carlos Iannizzotto; el presidente de la Confederación Argentina de Mutualidades (CAM), Alejandro Russo; el presidente del Instituto Movilizador de Fondos Cooperativos (IMFC), Edgardo Form; el secretario ejecutivo de la Federación Santafesina de Entidades Mutualistas, Oscar Rosas; y el gerente de la Confederación Cooperativa de la República Argentina (Cooperar), César Basañes.
«La inversión social, la generación de puestos de trabajo y la continuidad de muchas empresas cooperativas y mutuales del sector asegurador están en peligro», señaló Simón, quien calificó al artículo 126 de la Ley de Presupuesto como «confiscatorio, distorsivo e inconstitucional». El 34 por ciento del mercado asegurador está cubierto por cooperativas y mutuales, según el dirigente.
Form se refirió a cómo afecta esta propuesta impositiva al Banco Credicoop, asociado al IMFC. Esa entidad financiera está sujeta a la contribución especial del 2% sobre el patrimonio, de acuerdo con la ley 23.427, que debe realizar más allá de que tenga excedentes o pérdidas, así como también al 15 por ciento de reservas sobre los excedentes de cada ejercicio.
«Si existiera un impuesto a las ganancias o una alícuota del 6 por ciento como contribución especial, configuraría una enorme desigualdad con respecto a las empresas lucrativas y sería confiscatoria porque en muy pocos años reduciría de manera significativa el patrimonio de las entidades cooperativas de crédito.»
Por otro lado, Form comentó que el Credicoop tiene una política de excedente mínimo necesario. «Es un criterio totalmente distinto al precepto de la máxima ganancia propio de las entidades lucrativas», afirmó.
Basañes recordó que la ley 23.427 es precisamente fruto de un acuerdo histórico del sector con el poder legislativo, nacido en 1986 para que exista un tributo específico de este tipo de entidades, cuyo monto ascendió del 1 al 2 por ciento del patrimonio en 1999 y fue prorrogado en esos términos incluso a fines del año pasado, cuando la reforma tributaria estuvo a punto de incluir el impuesto a las Ganancias para cooperativas y mutuales.
«Requerimos previsibilidad y seguridad jurídica pero además necesitamos que el tratamiento impositivo sea ajustado a nuestra naturaleza de empresas sin fines de lucro. Esto último se traduce en nuestra particular manera de construir el patrimonio social para servir a la comunidad», sostuvo Basañes.
En efecto, las cooperativas no pueden seducir a inversores externos ni pueden apelar a la decisión política que origina los recursos de las empresas del Estado.
Quienes aportan capital a la cooperativa no tienen derecho a todos los resultados sino sólo al excedente repartible, es decir, al excedente que generaron los asociados en las operaciones con su cooperativa.
El aporte de capital, por otro lado, no ofrece ningún derecho político, ya que todo asociado tiene un solo voto, independientemente del capital aportado. El origen del patrimonio de las cooperativas, en su parte sustancial, es la acumulación de excedentes a lo largo de la historia, en particular excedentes no repartibles. Este atípico tratamiento que tienen los excedentes de las cooperativas, propios de su naturaleza no lucrativa, es el que justifica la actual exención de las cooperativas en lo que hace al impuesto a las ganancias, y la razón por la cual pagan, alternativamente, la contribución especial sobre el patrimonio neto creada por ley 23.427 y prorrogada en diciembre del año pasado por ley 27.432.
Para Russo, esta iniciativa fiscal «está castigando a las entidades con mayor patrimonio, cuyo único pecado fue fortalecer su activo para brindar más seguridad a sus asociados y responder a eventuales siniestros o requerimientos». Por su parte, Iannizzotto consideró que este tratamiento impositivo «es totalmente contraproducente para los que buscamos la construcción de mayor producción, mayor trabajo y mayor empleo».
Al final de la jornada, se deslizó una propuesta del oficialismo de aceptar una contribución del 3 por ciento, durante dos años, aunque otros bloques mantienen la postura de que sea solamente del 2,5. En cualquier caso, ese gravamen sería ajustado con una ley correctiva en forma posterior a la aprobación del Presupuesto 2019.
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