La Confederación Cooperativa de la República Argentina (Cooperar) advirtió que este tipo de empresas está quedando afuera en algunos alcances del régimen propuesto dadas las particularidades de su naturaleza jurídica y su tratamiento impositivo, aunque está comprendido en el artículo 1º de la ley 25.300 de Fomento a las Pymes y sus normas complementarias.
En sendas notas dirigidas al presidente de la Comisión de Economías Regionales, Economía Social y MiPymes, Roberto Basualdo; y a su par de Industria y Comercio, Alfredo Luenzo, la Confederación pidió incorporar un párrafo específico que amplíe el alcance del Programa de Recuperación Productiva (Repro) a las cooperativas de trabajo que se encuentren en situación de crisis.
Respecto del Tratamiento Impositivo Especial para el fortalecimiento de las unidades productivas, tomando en cuenta que las cooperativas son exentas del impuesto a las Ganancias, se observó la conveniencia de que el Impuesto a los Débitos y a los Créditos bancarios sea aplicado en su totalidad al pago de la Contribución Especial sobre el Capital Cooperativo establecido por la Ley 23.427. «En caso contrario las cooperativas no se verán alcanzadas con el beneficio previsto para el conjunto de las micro, pequeñas y medianas empresas.»
En esa dirección, lo que el proyecto aprobado en Diputados indica acerca del pago a cuenta en el impuesto a las Ganancias por inversiones productivas, debería ser complementado con la aclaración de que, en el caso de cooperativas, los beneficios de este capítulo serán aplicables a la Contribución Especial sobre el Capital Cooperativo.
«Vemos con agrado la promoción realizada mediante el proyecto de referencia y creemos necesaria la consideración de las modificaciones mencionadas en aras de contribuir a que el sector cooperativo pueda verse beneficiado por los términos de esta nueva norma a sancionar en iguales condiciones que al resto de las micro, pequeñas y medianas empresas», concluyó la nota de la Confederación.